Acerca del irreductible ámbito de subjetividad en la formulación y aplicación de los estándares de prueba

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En diversos trabajos -algunos de ellos de larga data- Jordi Ferrer Beltrán, ha postulado consistentemente la necesidad de formular estándares de prueba objetivos, al menos en el sentido de que la afirmación relativa a que determinado hecho se encuentra probado –“está probado P”- no debería resultar subsidiaria de la convicción que aquel sujeto que realiza la afirmación, tiene respecto de la prueba de dicho evento. En esta dirección, tal como lo señala en el título de su último libro, la convicción de quien juzga no es necesaria para la prueba de los hechos. Ahora bien, independientemente de que dicha idea me resulta particularmente muy atractiva, puesto que ello garantizaría de mejor modo el control entre personas de las proposiciones del tipo “está probado P”, creo que existen, incluso dentro de las formulaciones de estándares pretendidamente objetivos, ámbitos irreductibles de subjetividad. El propósito de este trabajo consiste en mostrar alguno de dichos ámbitos, determinar su real dimensión y, si es posible, proponer ciertos bemoles a la pretensión de Ferrer Beltrán de formular EDP de este carácter. ​
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