Estándar de prueba en controversias por omisión tributaria: una mirada a la legislación y jurisprudencia ecuatoriana
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En Ecuador, ningún litigio tributario se rige por un estándar de prueba. Mi
planteamiento es que, para que una hipótesis de omisión sea confirmada en juicio, deberán
cumplirse las dos condiciones que exige el estándar 3 de FERRER BELTRÁN, es decir: (i)
la hipótesis debe ser capaz de explicar los datos disponibles y predecir nuevos, con las
pruebas que soporten esas predicciones; y, (ii) se debe refutar la hipótesis alternativa, si
es plausible y compatible con la ausencia de responsabilidad del contribuyente, siempre
que esté respaldada por pruebas que aporten algún grado de confirmación. De no
superarse ambas condiciones, deberá confirmarse la ausencia de responsabilidad del
sujeto tributario
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