Sobre la admisión y valoración de la prueba ilícita en Chile

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En el ámbito del proceso penal, algunos ordenamientos jurídicos entregan la decisión sobre la admisibilidad de la prueba y la decisión sobre los hechos del caso a sujetos diferenciados. Esta bifurcación del tribunal penal asegura que el juzgador de los hechos conozca la información necesaria y decida de manera imparcial. Con ese fin opera un conjunto de reglas de exclusión, incluida la regla de exclusión de prueba ilícita. Sin embargo, puede ocurrir que la prueba ilícita no sea excluida y llegue a ser conocida por el juzgador de los hechos. Hoy es común reconocer que el juzgador de los hechos está sometido a una prohibición de valoración de prueba ilícita. El artículo critica esta solución, pues ella hace imposible la posterior revisión de la decisión condenatoria que se funda en prueba ilícita. Se usa el caso chileno para ilustrar el argumento ​
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