Las Fundaciones y la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas
dc.contributor.author
dc.date.accessioned
2015-10-15T06:53:45Z
dc.date.available
2015-10-15T06:53:45Z
dc.date.issued
1998
dc.identifier.isbn
978-84-8002-642-0
dc.identifier.uri
dc.description.abstract
Como consecuencia de la nueva organización político-jurídica del Estado español como Estado Autonómico tras la Constitución de 1978, surge inevitablemente la cuestión del titular de la competencia para la regulación de las fundaciones, es decir, cabe plantearse si la competencia del Estado en esta materia puede calificarse de exclusiva, de concurrente en cuanto que se reconozca idéntica competencia a las Comunidades Autónomas en su respectivo ámbito territorial, o más bien de compartida en tanto que el Estado aparezca como único competente al reservarse ciertos aspectos que constituyen la legislación básica correspondiendo a las Comunidades Autónomas el desarrollo legislativo o ejecución de dicha legislación estatal
dc.format.mimetype
application/pdf
dc.language.iso
spa
dc.publisher
Tirant lo Blanc
dc.relation.ispartofseries
IX Jornades de Dret català a Tossa (1996)
dc.relation.isversionof
Versió prèvia del treball publicat a: Àrea de Dret Civil, Universitat de Girona (coord.). Les Persones jurídiques en el dret civil de Catalunya: associacions i fundacions. Materials de les Novenes Jornades de Dret Català a Tossa. València: Tirant lo Blanc, 1998
dc.rights
Tots els drets reservats
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dc.title
Las Fundaciones y la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas
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