Acuerdos prematrimoniales. De nuevo la libertad y sus límites en el derecho de familia
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Esta contribución trata de señalar el alcance, validez y eficacia de los acuerdos celebrados entre cónyuges o futuros cónyuges donde se contemplan las consecuencias de una posible ruptura matrimonial por separación o divorcio, o por muerte de cualquiera de ellos. Su nota paradigmática está pues en el carácter preventivo o prospectivo con relación a la ruptura de la pareja, no en el hecho de que se celebren antes o después de la boda. No obstante, y sin perjuicio de reconocer que pueden existir diferencias de matiz entre los acordados ex ante y ex post matrimonio, la denominación de acuerdos o pactos prematrimoniales que utilizaremos en esta sede va a abarcar a lo largo de la exposición ambos tipos de convenios
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