Máster en Razonamiento Probatorio Màster de la Universitat de Girona i de la Universitat de Gènova http://hdl.handle.net/10256/18954 2025-06-18T06:32:26Z 2025-06-18T06:32:26Z Control de la calidad de los dictámenes de accidentes de tránsito en el Perú Valdez Vargas, Erick Alonso http://hdl.handle.net/10256/25336 2024-09-17T08:53:30Z 2024-05-01T00:00:00Z Control de la calidad de los dictámenes de accidentes de tránsito en el Perú Valdez Vargas, Erick Alonso En el Perú, los informes policiales de accidentes de tránsito con resultados fatales y lesiones son utilizados como prueba pericial en un proceso penal. Es el objeto de este trabajo, evaluar la calidad de estos informes analizando los requisitos exigidos al efectivo policial para poder investigar y formular un pronunciamiento sobre la secuencia y causas del accidente de tránsito, así como vincular estos requisitos con la accidentología vial, disciplina que investiga sobre los accidentes viales. Asimismo, se analizan los principales elementos de juicio que utiliza el efectivo policial para determinar la secuencia del evento de tránsito, y se examinan aquellas circunstancias que pueden afectar el razonamiento del efectivo policial en la determinación de las responsabilidades del accidente de tránsito. Finalmente, se brinda diferentes recomendaciones para mejorar la fiabilidad de los dictámenes de accidentes de tránsito 2024-05-01T00:00:00Z Estándar de prueba en controversias por omisión tributaria: una mirada a la legislación y jurisprudencia ecuatoriana Zumba Barbosa, Miguel Ángel http://hdl.handle.net/10256/25335 2024-09-17T08:32:51Z 2024-05-01T00:00:00Z Estándar de prueba en controversias por omisión tributaria: una mirada a la legislación y jurisprudencia ecuatoriana Zumba Barbosa, Miguel Ángel En Ecuador, ningún litigio tributario se rige por un estándar de prueba. Mi planteamiento es que, para que una hipótesis de omisión sea confirmada en juicio, deberán cumplirse las dos condiciones que exige el estándar 3 de FERRER BELTRÁN, es decir: (i) la hipótesis debe ser capaz de explicar los datos disponibles y predecir nuevos, con las pruebas que soporten esas predicciones; y, (ii) se debe refutar la hipótesis alternativa, si es plausible y compatible con la ausencia de responsabilidad del contribuyente, siempre que esté respaldada por pruebas que aporten algún grado de confirmación. De no superarse ambas condiciones, deberá confirmarse la ausencia de responsabilidad del sujeto tributario; In Ecuador, no tax litigation is governed by a standard of proof. My approach is that, for a hypothesis of omission to be confirmed at court, the two conditions required by FERRER BELTRÁN standard 3 must be met, i.e.: (i) the hypothesis must be able to explain the available data and predict new ones, with the evidence supporting those predictions; and, (ii) the alternative hypothesis must be rebutted, if it is plausible and compatible with the absence of taxpayer liability, as long as it is supported by evidence that provides some degree of confirmation. If both conditions are not met, the absence of liability of the taxpayer must be confirmed 2024-05-01T00:00:00Z La iniciativa probatoria ex officio iudicis en materias no penales y su vinculación con la garantía de motivación Pérez Vásquez, Paúl Bernardo http://hdl.handle.net/10256/25331 2024-09-23T07:22:17Z 2024-05-01T00:00:00Z La iniciativa probatoria ex officio iudicis en materias no penales y su vinculación con la garantía de motivación Pérez Vásquez, Paúl Bernardo El presente ensayo se concentra en el estudio de la “prueba para mejor resolver” prescrita en el artículo 168 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) -prueba de oficio en el Ecuador, y en materias no penales, puesto que, existe prohibición expresa en materias penales. En primer lugar, se analizarán los modelos de procesos desarrollados por la doctrina para responder al debate de los poderes probatorios del juez y de las partes. En segundo lugar, examinaremos si el modelo de proceso judicial ecuatoriano en materias no penales, en relación a su actividad probatoria, está o no encaminado a la búsqueda de la verdad y, en ese sentido, si la “prueba para mejor resolver” tiene un fundamento epistémico dirigido a determinar la verdad de los hechos. En tercer lugar, verificaremos si la prueba para mejor resolver guarda conexión con la garantía de motivación prevista en nuestra Constitución; The present essay focuses on the study of the “proof to better resolve” prescribed in article 168 of the General Organic Code of Procedure (COGEP) -proof of office- in Ecuador, and in non-criminal matters, since there is an express prohibition in criminal matters. First, the model processes developed by the doctrine to respond to the debate on the proof powers of the judge and the parties will be analysed. Secondly, we will examine whether the Ecuadorian model of judicial proceedings in non-criminal matters, in relation to its proof activity, is or is not directed towards the search for truth and, in that sense, whether the “proof for better resolution” has an epistemic basis aimed at determining the truth of the facts. Thirdly, we will check whether the proof to better resolve is linked to the guarantee of motivation provided for in our Constitution 2024-05-01T00:00:00Z Juicios Telemáticos en materia penal : ¿La inmediación o el contradictorio en retirada? El caso chileno Astudillo Contreras, Omar http://hdl.handle.net/10256/25330 2024-09-16T11:53:44Z 2024-05-01T00:00:00Z Juicios Telemáticos en materia penal : ¿La inmediación o el contradictorio en retirada? El caso chileno Astudillo Contreras, Omar Las comunicaciones han evolucionado de manera vertiginosa. Ahora podemos estar en contacto instantáneo dondequiera que nos encontremos, prácticamente no hay límites. Las tecnologías de la información están presentes en todos los ámbitos de nuestras vidas, de modo que el proceso no ha podido sustraerse de su influjo. Dando por descontadas las bondades que ha significado el uso de la videoconferencia en la verificación de las audiencias judiciales, merece la pena cuestionarse acerca de si esa modalidad de funcionamiento telemático, en el contexto de un juicio oral en lo penal, repercute o puede repercutir en la calidad epistémica de la información obtenida; si se compromete la aproximación a la verdad y, por ende, la justicia de la decisión. En suma, si tal forma de juicio puede lesionar las técnicas o principios proverbialmente asociados al sistema acusatorio. La tesis que procuraremos delinear postula que, antes que la inmediación, la realización de una audiencia de juicio en modalidad telemática podría afectar el derecho de defensa y, más específicamente, el contradictorio, en tanto método adecuado para la adquisición de conocimiento; Communications have evolved at a dizzying pace. We can now be in instant contact wherever we are, practically there are no limits. Information technologies are present in all areas of our lives; thus, the judicial process has not been able to escape their influence. Taking for granted the benefits that the use of videoconferencing has meant in handling judicial hearings, it is worth questioning whether this modality of telematic operation in the context of oral criminal trials affects or may affect the epistemic quality of the information gathered; whether the approach to the truth is compromised and, therefore, the justice of the decision. In sum, if such a form of trial may undermine the techniques or principles proverbially associated with the accusatory system. The thesis we will outline argues that, rather than immediacy, conducting a trial hearing in a telematic mode could affect the right of defense and, more specifically, the adversarial principle, as an adequate method to attain knowledge 2024-05-01T00:00:00Z